La respuesta es
sí... pero
con matices, y es que muchos factores que giran en torno a esta operación dependerán de si el contrato de la vivienda está inscrito en el Registro de la Propiedad o no.
Si el contrato del piso está registrado:
En el caso de que la vivienda esté registrada en el Registro de la Propiedad, el propietario tiene derecho a vender la vivienda, pero el inquilino tendrá preferencia si quisiera comprarlo o podrá permanecer en el piso que se vende hasta que se le acabe el contrato.
Si el contrato del piso no está registrado:
Ese contrato no tiene valor y la venta se puede producir sin tener en cuenta al inquilino en la opción a compra o indemnización. Habrá que atender no obstante a las posibles cláusulas al respecto redactadas en el contrato de alquiler del inmueble.
Recuerda como siempre, que en
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